Constructoras

constructora


Pólizas de Garantía


La póliza de garantía es un contrato de seguro mediante el cual una aseguradora, garantiza el cumplimiento por parte del tomador, o afianzado, de una obligación de hacer, contenida en un contrato, o una disposición legal, y se obliga a pagar al acreedor de la misma, el asegurado, hasta por una suma determinada (monto asegurado) los perjuicios que le haya ocasionado el incumplimiento de las obligaciones garantizadas.

Las operaciones que garantizamos emanan de diferentes operaciones y contratos. Por ejemplo: construcción, consultoría, abastecimiento, suministro e instalación, ejecución de proyectos, ejecución de cursos de capacitación, concesiones, licitaciones, promesas de compraventa y en general una amplia gama de contratos y convenios comerciales.

Ventajas de las Pólizas de Garantía de Ejecución Inmediata con respecto a las boletas bancarias:

Ventajas para el contratante

  • Disminución de los niveles de endeudamiento en el sistema bancario.
  • Menor costo financiero. El único costo asociado que tiene la póliza, además de la tasa, es el IVA, que en la mayoría de los casos se recupera.
  • Mayor flexibilidad y valoración de las contragarantías.
  • Mayor agilidad y rapidez en la emisión.

Ventajas para el asegurado

  • La póliza de ejecución inmediata ofrece la misma seguridad y rapidez que las boletas bancarias.
  • Menor costo, ya que el contratista traspasa sus costos al mandante.
  • Permite contar con mayor oferta de proveedores o contratistas, ya que muchas veces la exigencia de la boleta deja fuera de concurso a excelentes candidatos.
  • Son endosables y prorrogables, con autorización previa de la compañía.
  • Al igual que la boleta bancaria, las pólizas solo cubren riesgos que ocurran durante su vigencia, pero la caducidad del plazo de la vigencia de la póliza no extingue la responsabilidad de la Compañía para con el Asegurado. Este puede reclamar el pago de indemnización con posterioridad al término de la vigencia, dentro del plazo que la póliza indique.
  • ¿Quiénes participan?

    Afianzado o contratante: quien toma la póliza y paga la prima. Es el sujeto a quien la compañía evalúa y que debe cumplir con las obligaciones garantizadas por la póliza.

    Asegurado o mandante: persona a favor de quien se toma la póliza, quien será indemnizado en caso de siniestro.

    Pólizas de Todo Riesgo Montaje y Construcción


    La póliza de Todo riesgo Construcción y Montaje es un contrato de seguro mediante el cual una aseguradora, asegura todos los riesgo que la construcción o montaje pueda tener a causa de un siniestro de la obra.

    La ventaja de este tipo de coberturas radica en el hecho que, a través de una
    única póliza, no sólo se cubre todo el espectro de los diferentes riesgos a los
    que se puedan ver afectados los bienes a construir y/o montar, sino que
    además, en la misma póliza, se ampara a las diferentes partes con interés
    asegurable.

    Riesgos de Obra
    Sección I:

    • Valor de las Obras contenidas dependiendo cada obra.
    • Daños a la obra incluyendo Incendio y adicionales

    CLAUSULAS ESPECIALES

    • Rehabilitación Automática 100% del monto asegurado
    • Bienes almacenados Remoción de escombros
    • Equipo e instalaciones electrónicas
    • Reparaciones provisorias
    • Obras Aseguradas puestas en operación 100% del monto asegurado
    • Extensión automática de vigencia , hasta 6 meses
    • Cláusula de Evento 72 horas.
    • Cláusula de infraseguro, Honorarios y gastos profesionales, Aumento automático del valor de la obra
    • Almacenamiento Fuera Del Sitio De Obras, Bodegaje Externo
    • Pruebas: Se deja expresa constancia que las pruebas se pueden realizar en cualquier momento de la construcción, hasta 3 meses de duración, incluidas en el periodo de construcción.
    • Cláusula de daños a planos y documentos hasta un Relleno de Terrenos
    • Caminos provisionales 100% valores asignados y designados para estas obras
    • Cobertura de Transporte Terrestre Carga Condiciones Restringidas según Pol 1.91.045 S.V.S.
    • Cláusula de Prevención de Pérdidas
    • Robo con fuerza en las cosas y Violencia en las personas, incluyendo dinero
    • Cláusula de Suspensión de Trabajo.

    Responsabilidad Civil
    Cubre los daños a terceros que pueda suceder en la construcción o montaje de los asegurados a favor del contratante de la póliza y sus mandantes.
    SECCION II
    Límites y sublímites de indemnización

    Responsabilidad Civil
    CLAUSULAS ADICIONALES

    • CAD191090 Responsabilidad Civil por Transporte
    • CAD191093 Responsabilidad Civil Propietario de Inmueble 100% de la cobertura de Responsabilidad Civil.
    • CAD191094 Responsabilidad Civil para empresas manufactureras y de servicios 100% del la cobertura de Responsabilidad Civil.
    • CAD193051 Responsabilidad Civil Patronal por empleado con un en el agregado anual o el límite de la cobertura de Responsabilidad civil, el que resulte menor; se incluye trabajos en altura y subterráneos.
    • CAD193052 Responsabilidad Civil Cruzada 100% de la cobertura de Responsabilidad Civil para el asegurado principal. Para daños entres asegurados adicionales rige
    • CAD197010 Responsabilidad Civil Polución y Contaminación Súbita y Accidental – NMA1685
    • COP195005 Cláusula de Responsabilidad Civil Cruzada.
    • Vibraciones
    • CLAUSULAS ESPECIALES

    • Responsabilidad Civil por Incendio y Explosión 100% del la cobertura de Responsabilidad Civil General0
    • Responsabilidad Civil por Daño Moral y/o Lucro Cesante
    • Responsabilidad Civil causadas por Vehículos Motorizados .- en exceso de UF 500.
    • Responsabilidad Civil causadas por Equipos Móviles – en exceso de UF 500
    • Responsabilidad Civil a causa de daños a cables o tuberías subterráneas existentes,.-
    • Defensa judicial
    • Sección II:

    • Responsabilidad Civil, límite único y combinado por evento y vigencia de la póliza