Comunidades de Edificios

comunidades-edificios2Las comunidades de edificio están obligados por ley a tomar un seguro de Incendio por los bienes comunes y departamentos, donde la administración en caso que el propietario de un departamento no traiga su póliza deberá tomarla y descontar el pago de esta a través de los gastos comunes.
Debemos preguntarnos entonces quien y si está bien determinado el valor asegurado de la comunidad y de los departamentos.

¿Qué debemos saber?
El monto asegurado en espacios comunes representa entre un 60% y 80% del monto total asegurado del Edificio donde debemos saber que en los departamentos existe partes que pertenecen a la comunidad como cimientos, muros estructurales, ductos del agua potable, ductos calefacción, ductos del aire acondicionado, ductos de energía eléctrica, ductos de gas, ductos de sistema de calefacción, lozas, techumbres entre otras.

Esto pone en juego que en el minuto de tener siniestro el liquidador de seguros en su liquidación castigue a la comunidad con la terrible clausula de infraseguro, poniendo en serio aprietos a los propietarios de los departamentos, ya que, si no está asegurado correctamente la indemnización sería muy por debajo de lo esperado.

Esto nos pone en alerta de asesorarse correctamente en materia de seguros y de la valorización de estos bienes, donde lamentablemente solo sabemos de estas cosas cuando existe un siniestro y no antes, por lo tanto es indispensable como copropietario de una comunidad enterarse de los procedimientos efectuados por la administración para ejercer el procedimiento correcto y asesorarse adecuadamente con corredores de seguros de que están bien protegido en caso de una catástrofe.